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Gastos en pareja: cuatro métodos y sus consecuencias

Actualizado el 19 de septiembre de 2026 · 8 min de lectura

Pagar mitad y mitad parece lo más equitativo. En cuanto los ingresos difieren, es aritméticamente lo más desigual. Estos son los cuatro métodos posibles, comparados sobre una pareja que gana 1 600 € y 2 400 € netos al mes, con lo que cada uno produce de verdad.

La respuesta corta

No hay un método justo en abstracto, pero sí un indicador que decide: lo que le queda a cada uno después de pagar los gastos comunes. El 50/50 deja al sueldo más bajo casi la mitad de margen; el reparto proporcional a los ingresos lo mantiene equilibrado.

En España, el artículo 1438 del código civil establece que los cónyuges contribuyen a las cargas del matrimonio en proporción a sus recursos económicos, salvo pacto distinto. Es decir: la regla por defecto es el prorrateo, no la mitad.

El caso de referencia

Ana gana 1 600 € netos al mes, Bruno 2 400 €. Sus gastos comunes suman 1 400 €: alquiler 800 €, compra 350 €, suministros y comunidad 150 €, varios 100 €.

Método 1 — Mitad y mitad

Cada uno pone 700 €.

IngresosAporta% de su sueldoLe queda
Ana1 600 €700 €44 %900 €
Bruno2 400 €700 €29 %1 700 €

A Bruno le queda casi el doble una vez pagado lo común. En la práctica él puede ahorrar, viajar o salir mientras ella elige. Es fácil de aplicar, y es el origen de un desequilibrio que, acumulado durante años, produce patrimonios muy distintos.

Cuándo funciona: sueldos parecidos, o decisión explícita de los dos.

Método 2 — En proporción a los ingresos

Cada uno aporta la parte de los gastos comunes que corresponde a su peso en los ingresos del hogar. Los ingresos suman 4 000 €: Ana pesa un 40 %, Bruno un 60 %.

IngresosAporta% de su sueldoLe queda
Ana1 600 €560 €35 %1 040 €
Bruno2 400 €840 €35 %1 560 €

Cada uno dedica la misma proporción de su sueldo al hogar, y la diferencia de margen refleja exactamente la diferencia de ingresos, ni más ni menos. Es el criterio que recoge la ley española, y el que más se recomienda.

El cálculo: aportación = gastos comunes × (sueldo propio ÷ ingresos del hogar). Se rehace cuando cambia un sueldo, no cada mes.

Método 3 — El bote común total

Los dos sueldos entran en una cuenta común, todos los gastos salen de ahí, y lo que sobra se reparte por igual. A Ana y a Bruno les quedan 1 300 € a cada uno.

Es el método más solidario y el más redistributivo: equivale a que Ana aporte 300 € y Bruno 1 100 € para tener el mismo margen. Supone confianza completa y ver la pareja como una única unidad económica.

Su punto ciego: en una pareja de hecho, sin matrimonio, lo aportado a una cuenta a nombre de uno solo se presume suyo salvo prueba en contra. Una cuenta conjunta, o al menos un registro de las aportaciones, no es desconfianza: es lo que evita una discusión imposible años después.

Método 4 — Cuentas separadas, reparto por partidas

«Tú el alquiler, yo la compra.» Muy extendido porque no exige ningún cálculo. Su defecto es que el resultado es arbitrario: depende de cuánto cuesta cada partida, no de una intención.

Se encarga deAporta% de su sueldo
AnaCompra + varios450 €28 %
BrunoAlquiler + suministros950 €40 %

Aquí el reparto sobrecorrige: Bruno dedica un porcentaje de su sueldo mayor que Ana, sin que nadie lo haya decidido. El mes que sube la compra, el equilibrio se mueve otra vez. Es aceptable a condición de comprobar una vez al año dónde aterriza de verdad.

Comparación

MétodoAna aportaBruno aportaLe queda a AnaLe queda a Bruno
Mitad y mitad700 €700 €900 €1 700 €
Proporcional560 €840 €1 040 €1 560 €
Bote común total300 €1 100 €1 300 €1 300 €
Por partidas450 €950 €1 150 €1 450 €

Los cuatro son defendibles. Lo que no lo es, es sufrir uno sin haberlo elegido — sobre todo el 50/50 por defecto, adoptado porque nadie quiso sacar el tema.

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Régimen económico: por qué cambia las cosas

En la mayor parte de España, el régimen por defecto del matrimonio es la sociedad de gananciales: lo que cada uno gana durante el matrimonio es común, se reparta como se reparta el pago de las facturas. En Cataluña y Baleares, el régimen por defecto es la separación de bienes, donde cada patrimonio sigue siendo propio — y ahí quién paga qué sí tiene consecuencias reales a largo plazo.

Para las parejas de hecho no hay régimen económico automático: todo depende del acuerdo entre ambos y de lo que se pueda demostrar. Por eso conviene dejar rastro de las aportaciones, sobre todo en los gastos grandes.

Esta información es general y no constituye asesoramiento jurídico.

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